Surgen muchas preguntas y sobre todo genera angustia este tema en la actualidad. Son cada vez mas propietarios los que se sienten totalmente desamparados por una situación en la que si sucede no hay ley que pueda ampararles, ahora bien, ¿este tema se está manejando de la mejor manera?, ¿son los propietarios víctimas constantes de las ocupaciones de sus viviendas?, ¿hay alguna ley que pueda resguardarles en caso de que ocurra una ocupación en su vivienda?
En Grupo Inmobilia vamos a dejar más claro el tema.
La usurpación de una propiedad ajena es un delito en España, y así lo indica el artículo 245 del código penal que destaca: “El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses”. Pero claro, en la práctica no suele ser todo como parece, estamos hablando que si ocupan tu vivienda antes de las 48 horas no se necesita de orden judicial para el desalojo, se llama directamente a la policía y se procede al mismo, caso contrario ocurre si pasadas las 48 horas previstas los ocupas cambian la cerradura: el domicilio pasa a ser totalmente inviolable para sus ocupantes, y en este caso, ya es necesario actuar por orden judicial. Cabe destacar que si esto ocurriera y el propietario actúa por cuenta propia en contra de estos ocupantes, bien sea suspendiendo servicios, un cambio de cerradura, etc., en muchos casos puede suponer para la propiedad una denuncia por allanamiento de morada.
El pasado lunes 07 de septiembre La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, ha anunciado una próxima instrucción acerca del tema, donde no se habla de ninguna nueva legislatura, sino de cómo la fiscalía debe afrontar la preocupación social suscitada al respecto y sobre todo como abordar la falta de una respuesta legal más clara ante este fenómeno. El propósito de la instrucción, que Delgado ha manifestado, sería proveer seguridad jurídica y despejar dudas ante los casos que se planteen sobre las ocupaciones actuales.
Se habla de que la Sociedad, y en este caso en particular, los propietarios presentan inquietudes porque se ven desarmados ante un tema que cada vez más, en ciertas zonas, cobra más ocupaciones. No es un tema del todo zanjado puesto que manifiesta que: “los diferentes fenómenos delictivos que preocupan a la población ya gozan de respuesta suficiente en el ordenamiento jurídico”, a lo que agrega: “sí requieren de una acción específica acorde con las necesidades de la ciudadanía”. La fiscal agregó que ese es el caso de “las ocupaciones de morada”, asunto sobre el que la Fiscalía va a dictar “en los próximos días” una instrucción.
Actualmente estamos hablando que de cara a la propiedad no se tiene, a nuestro modo de ver, mayor amparo legal, sí que es cierto que siguiendo la normativa podemos atacar el problema de manera rápida, pero al final no estamos atendiendo las necesidades de una parte de la temática, en donde se sienten desfavorecidos y sin armas para poder proteger su vivienda ante la ocupación ilegal.
Los mecanismos de acción suelen ser muy lentos y muchos propietarios sienten miedo constante porque pueden perder su vivienda o luego rescatarla en situaciones caóticas, desvalijadas, en pocas palabras desprotegidas. Lo cual supone un coste adicional y en muchos casos la ruina de un propietario.
Adicional a esto, nos encontramos con otra preocupación para los propietarios, pues desde hace ya tiempo existen mafias que se dedican a la venta y posesión de estas ocupaciones. Su forma de trabajar es conseguir primero a la persona que quiera ocupar y posteriormente ubicar a la propiedad y ofrecerle cierta cantidad de dinero para recuperar su inmueble, donde, tanto el ocupa como esta mafia se benefician, pues dividen la ganancia de esta extorsión. Se ha dado el caso, incluso, que estos mismos ocupas han sub arrendado estancias de estas viviendas e incluso las venden a personas que estén en situación de necesidad.
Se da el caso que también utilizan estas viviendas para venta de sustancias ilegales, donde además se trafica con ellas, también para almacenes de artículos robados, prostitución, entre otras cosas, no sólo afectando a los propietarios, dado a que es su casa, sino también a la respectiva comunidad, donde es evidente que con comportamientos y situaciones de esta índole les resulta imposible vivir tranquilos y seguros.
Dado a la situación actual, te indicamos lo que debes hacer si ocupan tu vivienda:
El propietario de la vivienda ocupada debe interponer una demanda donde exponga que solicita la entrega inmediata del inmueble, en donde el juez establece un plazo de 5 días para que los demandados argumenten su presencia en el domicilio con algún documento que les dé derecho a estar y permanecer allí. Esto último implica cualquier contrato que autoriza a una persona distinta al propietario a vivir en una casa, con lo cual puede ser: un contrato de arrendamiento o cesión del inmueble.
Al presentar dicha demanda es transcendental pedir la inmediata recuperación de la plena posesión de la vivienda, puesto que si no se hace de esta manera los plazos para ejecutar el desahucio serán mayores.
Una vez aceptada la demanda se comunicará a los ocupantes. Si los mismos no contestan a la demanda o también si la documentación concedida no es válida, el juez ordenará el desalojo de la vivienda. Esto se denomina como auto y no consiente recurso, se llevará a efecto contra cualquiera de los ocupantes que estén en ese momento en la vivienda. Posteriormente se promueve al desalojo de la vivienda en la fecha pactada en el auto. Habitualmente se realiza casi de forma inmediata.
No obstante, esta prontitud en los trámites se enreda si las personas que han ocupado la vivienda demuestran un título que el juez considera válido, y en ese caso no se concreta el desahucio inmediato. En esa situación hay que esperar a un juicio en el que las partes mostrarían su versión y un juez decide sobre la validez del derecho sobre la vivienda.
El pasado 17 de septiembre El Ministerio del Interior ha puesto en marcha un nuevo protocolo de actuación policial para tratar de agilizar el desalojo de ocupas tras la instrucción dada por la Fiscalía General del Estado. Para mayor información os facilitamos el siguiente enlace sobre este nuevo protocolo.